jueves, noviembre 21, 2024
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Procedimiento para cubrir la ausencia en caso dado del Presidente del Comité Ejecutivo Estatal en Querétaro.


Una desusada serie de especulaciones, declaraciones y desinformación se ha suscitado en redes sociales y algunos medios impresos de comunicación que tienen como fuente espero solamente la IGNORANCIA del Estatuto de Morena y no alguna otra oscura intención, ello ante la posibilidad de que tuviera que ausentarme del encargo que tengo conferido como Presidente del Comité Ejecutivo Estatal (CEE) de Morena en Querétaro  a raíz de la honrosa distinción que ha tenido el Presidente de México al postularme como Embajador de nuestro país en la República Dominicana, lo cual procedería en caso de ser ratificada  por el Senado y recibir el beneplácito del país en comento.
Ante ello considero importante citar textualmente parte el artículo sexto transitorio del  Estatuto vigente de Morena así como del artículo 38º que pueden ser consultados en la página del INE en caso de cualquier duda y que son claros en cuanto al procedimiento previsto y que prevalece respecto a la designación de un Delegado/a con funciones de Presidente del CEE de Querétaro de ser necesario, así como los tiempos para la elección de los nuevos órganos de conducción, dirección y ejecución de MORENA tanto a nivel Estatal como Nacional:
SEXTO.- “… los órganos de conducción, dirección y ejecución, serán electos entre el 20 de agosto y hasta el 20 de noviembre de 2019 para un periodo de 3 años… Derivado de lo anterior y hasta el 20 de noviembre de 2019 en caso de ausencias de algún miembro del Comité Ejecutivo Nacional, o de los Comités Ejecutivos Estatales, el Comité Ejecutivo Nacional a propuesta de su Presidencia nombrará delegados/as en términos de lo establecido en el artículo 38 del presente estatuto…¨
Artículo 38º. El Comité Ejecutivo Nacional… acordará a propuesta de la Presidencia, el nombramiento de delegados/as para atender temas o, en su caso, funciones de los órganos del partido a nivel nacional, estatal, distrital federal y local, regional y municipal.
Debo señalar para mayor abundamiento que éste procedimiento fue explícitamente señalado para el tema que nos ocupa, como el prevaleciente en el pasado Consejo Nacional de Morena por el Presidente de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido, la cual tiene dentro de su atribuciones y responsabilidades de acuerdo al Artículo 49º inciso j. ¨Proponer al Consejo Nacional criterios de interpretación de las normas de MORENA¨. de lo cual podrán dar fe de forma inmediata en el Estado los cuatro Consejeros Nacionales que asistimos de Querétaro a la referida reunión y entre los que se incluyen el Secretario General Jesús Méndez y un servidor.
Aunque desconozco el porque de la inquietud que priva en el ambiente, considero importante señalar en forma adicional, que quien sea electo como nuevo Presidente en el Estado así como todos y cada uno de los que serán los nuevos 50 Consejeros Estatales,  de acuerdo al procedimiento plasmado en los estatutos NECESARIAMENTE tienen que ser militantes de MORENA y estar domiciliados en el padrón interno en el Estado.
Dado que MORENA a nivel nacional y  en Querétaro está llamado a SER parte estratégica de la vida política de nuestra sociedad, consolidándose en el hoy como partido político y en el 2021 como la primera fuerza en el Estado ganando la gubernatura, no me queda duda los verdaderos militantes que buscamos el bien común y no intereses particulares,  nos apegaremos a la normatividad interna plasmada  en los estatutos, construyendo institucionalidad dentro de nuestro Partido/Movimiento.

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